Provincia

Vetos parciales a tres leyes originadas en el Senado provincial

Son las de creación de 19 centros provinciales de prevención, tratamiento y recuperación para personas vinculadas a consumos problemáticos; prevención del acoso escolar y acceso a vivienda digna del núcleo familiar. En dos casos hay propuestas de textos alternativos por parte del Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo difundió vetos parciales a tres leyes sancionadas en la maratónica jornada del 30 de noviembre último donde se sancionaron media docena de leyes en un rápido trámite parlamentario acordado por las autoridades de ambas cámaras legislativas.

En el Boletín Oficial de esta semana, el Ejecutivo difundió tres vetos parciales y en dos de ellos con propuestas de textos alternativos que deberán ser convalidados por las cámaras, en principio desde mayo cuando se inicie el próximo período Ordinario, salvo que los temas sean habilitados para Extraordinarias en febrero.

Los tres textos observados fueron originados en el Senado y validados por Diputados el 30 de noviembre. Son iniciativas originadas en los justicialistas Eduardo Rosconi (Caseros), Rubén Pirola (Las Colonias) y Cristina Berra (San Martín).

Entre ellos se destaca el veto aplicado a siete artículos de la ley que disponía la creación de 19 centros provinciales de prevención, tratamiento y recuperación para personas vinculadas a situaciones de consumos problemáticos. La iniciativa de Rosconi dispuso que cada cabecera departamental contara con un centro dependiente del Ministerio de Salud para atender adicciones y consumos problemáticos.

El texto remitido ahora por el Poder Ejecutivo enmarca la tarea en “prevención y abordaje integral de consumos problemáticos y adicciones’ sin establecer el número de centros y los coloca en el Ministerio de Salud pero ordena su coordinación con la Agencia de Prevención de Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (Aprecod) dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado. Además limita la tarea en lo ordenado por tres leyes nacionales y otras tantas provinciales. Las primeras son las de abordaje de consumos problemáticos (ley 26.934), salud mental (26.657) y de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes (26.061) y las provinciales son las que disponen las adhesiones a dichas normas por parte del estado santafesino.

En la nueva redacción propuesta por el Ejecutivo se fija como objetivo central de los centros, la prevención, y los inserta en el sistema de salud pública provincial, dispone el trabajo en red y define además un sistema ambulatorio que se dará “al sujeto y su familia un abordaje integral a fin de acompañarlos en los procesos de recomposición familiar, tratamiento, recuperación, reinserción y educación”.

Más adelante, considera conveniente reformular los centros reforzando su perfil en tres aspectos: preventivos, sumarlos al sistema de salud e intervención integral. En otros puntos cuestiona los términos utilizados en la decisión legislativa y en cuanto a la decisión de crear un centro en cada cabecera departamental, el Ejecutivo considera “apropiado ubicar los centros de intervención en base a análisis previos orientados a identificar aquellas localidades con mayores casos de vulnerabilidad y/o riesgos, y su interacción con otros dispositivos articulados con la red de cuidados”.

Fondos para viviendas

Otra norma con veto parcial y texto alternativo está originado en el senador Pirola en cuya ley establece y regula condiciones para posibilitar a la población el acceso a una vivienda digna priorizando la adquisición de la primera vivienda del núcleo familiar para lo cual habilita la expropiación de terrenos donde puedan construirse y dispone afectar el 20% de recursos ejecutados en el ejercicio presupuestario anterior del Fondo Federal Soja al financiamiento de esas unidades habitacionales con una fórmula de distribución entre departamentos y un indicador elaborado por el Ejecutivo en base a necesidades básicas insatisfechas.

Precisamente el veto es a la disposición de utilizar recursos del Fondo Soja y lo fundamenta en que el decreto nacional que lo creó en el año 2009. Allí se dispuso que las provincias que adhieran a ese fondo deberán establecer un régimen de reparto automático que derive a sus municipios las sumas correspondientes, en proporción semejante a lo que les destina de la coparticipación federal de impuestos. “El proyecto de ley aprobado no respeta esta proporcionalidad de reparto secundario planteada por el decreto nacional”, dice el veto firmado por el gobernador Miguel Lifschtiz y el ministro de Gobierno, Pablo Farías.

La propuesta de financiamiento enviada a las cámaras autoriza al Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias para cumplir con los objetivos previstos por la norma.

Acoso

En cambio, sobre la ley 13.674 – proyecto de Berra- que apunta a prevenir y erradicar el acoso entre alumnos de establecimientos escolares, el veto es sin texto alternativo y es al inciso de un artículo que deja en manos del Ministerio de Educación la aplicación de la norma y le ordena “incorporar en la currícula de los institutos de formación docente, una materia sobre acoso en ámbito escolar”.

En los fundamentos del decreto firmado por Lifschitz y la ministra Claudia Balagué se considera “ ambiguo agregar un espacio curricular destinado al acoso en las carreras de formación docente” explicando que el tema está en diversas unidades curriculares. “No es el diseño curricular el garante de la buena formación docente sino que son las condiciones institucionales, en sentido amplio, las que permiten una buena formación inicial”, se dice.

Por Mario Cáffaro