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Pilar: habilitan celebraciones religiosas y actividades deportivas

Así lo confirmaron autoridades comunales. Además explicaron que los encuentros familiares y afectivos queden restringidos solamente a los fines de semana hasta 10 personas, como nueva medida de prevención para todo el territorio provincial en medio de la pandemia de coronavirus Covid-19.

Este martes la comuna de Pilar dio detalles del Decreto Provincial N° 572/2020, donde el gobierno provincial se adhiere a la normativa nacional que extiende las condiciones actuales hasta el día 17 de julio de 2020.

En cuanto a las actividades deportivas se permiten las actividades deportivas con participantes a partir de los doce (12) años de edad.

Además sobre las celebraciones religiosas se establece la concurrencia máxima simultánea a las celebraciones religiosas en 30 personas, utilizando los elementos de protección correspondientes y bajo las condiciones que en el mismo se indican.

Para los encuentros familiares y afectivos quedan restringidos solamente a los fines de semana hasta 10 personas, como nueva medida de prevención para todo el territorio provincial en medio de la pandemia de coronavirus Covid-19.

“Es importante que en los meses de julio y agosto continuemos y prioricemos los cuidados de prevención del virus COVID 19 cumpliendo con las exigencias dispuestas en cada actividad. Tu compromiso es clave para evitar que los casos aumenten”, señalaron autoridades comunales.

En este sentido señalaron que ante cualquier consulta o inquietud podés escribirnos en nuestras redes sociales o comunicarte de lunes a viernes de 7 a 13 hs al número telefónico 03404.470028.