Eventos privados sin arancel: Franck precisó los alcances del Decreto 765/2024
La Comuna de Franck informó a responsables de salones e instituciones locales que, conforme al Decreto Nacional 765/2024, los eventos realizados en ámbitos estrictamente privados no deben abonar aranceles por la reproducción de obras musicales. La aclaración surge tras consultas y situaciones registradas en la localidad, y cuenta con respaldo de la Dirección Nacional del Derecho de Autor.
Ante consultas y situaciones registradas en el ámbito local, autoridades de la Franck mantuvieron una reunión con responsables de salones de eventos e instituciones para precisar los alcances del Decreto Nacional N° 765/2024, reglamentario de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual. Según la normativa vigente, los eventos estrictamente privados no deben pagar arancel alguno por la reproducción de obras musicales.
El encuentro fue encabezado por el presidente comunal, Damián Franzen, acompañado por el secretario de Gobierno, Gastón Gardiol, y el asesor letrado comunal, Marcelo Schmidt. La convocatoria incluyó a representantes de instituciones propietarias de salones y a referentes del sector privado, con el objetivo de unificar criterios frente a interpretaciones divergentes sobre el cobro de derechos de autor.
Qué establece el Decreto 765/2024
El eje de la aclaración radica en el Decreto Nacional 765/2024, reglamentario de la Ley 11.723. La norma introduce una modificación sustancial en la definición de “representación o ejecución pública”, precisando que no existe ejecución pública cuando la actividad se desarrolla en un ámbito privado —de ocupación permanente o temporal— siempre que el acceso esté restringido y no dirigido al público en general.
En términos prácticos, el criterio determinante no es la cantidad de asistentes, el tipo de festejo, el vínculo entre los participantes ni la naturaleza jurídica del organizador. Lo central es el carácter privado del evento y el acceso limitado a personas previamente determinadas. En este encuadre ingresan celebraciones familiares o sociales como cumpleaños, casamientos, aniversarios o reuniones similares.
Desde la Comuna señalaron que la falta de información clara y de criterios uniformes, sumada al accionar de entidades recaudatorias bajo interpretaciones erróneas o desactualizadas, generó incertidumbre tanto en instituciones propietarias de salones como en particulares organizadores de eventos.
Respaldo oficial y protocolo local
A partir de esta preocupación, el gobierno local elevó una consulta formal ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor, organismo dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. En su respuesta oficial, el organismo aclaró que el Decreto 765/2024 “no atribuye responsabilidad alguna a los propietarios o locadores de espacios por la ejecución de obras musicales que pudiera realizarse en eventos privados que cumplan con las condiciones previstas”.
“Nuestra intención es brindar previsibilidad y adecuada información a vecinos, instituciones locales y organizadores de eventos, promoviendo una correcta aplicación de la normativa y evitando interpretaciones que excedan el marco legal”, sostuvo Franzen tras la reunión.
Como complemento, la Comuna puso a disposición de los prestadores de servicios de alquiler de salones un protocolo de actuación, con pautas para proceder correctamente ante requerimientos y para actuar en caso de inspecciones. Asimismo, informó sobre el canal oficial habilitado por la Dirección Nacional del Derecho de Autor para realizar denuncias ante eventuales cobros indebidos vinculados a representaciones o ejecuciones de obras en ámbitos privados.
Con esta medida, la administración comunal busca aportar claridad jurídica, resguardar a las instituciones locales y garantizar que la aplicación de la normativa se ajuste estrictamente a lo establecido por el marco legal vigente.