Entró en vigencia la devolución del IVA a jubilados y beneficiarios de planes sociales
El Gobierno reglamentó el reintegro del 15% del Impuesto al Valor Agregado por compras en comercios de venta minorista con tarjeta de débito, hasta un tope máximo de 300 pesos por mes. La norma comenzó a regir desde ayer hasta diciembre del 2017.
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la Ley 27.253, la cual establece un régimen de reintegro por compras en comercios de venta minorista para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales.
La norma, sancionada en los primeros días de junio por el Congreso de la Nación, establece un reintegro del 15% del IVA en las compras que realicen los beneficiarios con tarjetas de débito, hasta un tope máximo de $300 por mes.
Detalles sobre la devolución
El artículo 1 del Decreto 858/2016 señala que “se entenderá por tarjetas prepagas no bancarias a aquellas tarjetas utilizadas para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad social”.
Además, establece que la devolución del impuesto también será otorgado cuando las transacciones comerciales se realicen mediante “transferencias bancarias realizadas a través del uso de dispositivos móviles”.
Mientras que en su artículo 2 señala que el tope de $300 de devolución por mes será por cada beneficiario y correrá hasta que el INDEC no publique la canasta básica de alimentos. Sin embargo, deja abierta la posibilidad de que ese monto se modifique en el futuro.
El decreto establece también que el beneficio se aplicará “para las operaciones que se realicen a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2017, ambas fechas inclusive”.