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Pilar: autoridades locales y de Salud recordaron el uso obligatorio de tapabocas

Este domingo funcionarios comunales brindaron detalles del decreto por el cual se amplía la obligatoriedad del uso de “elementos de protección de nariz, boca y mentón, a todos los desplazamientos de las personas por la vía pública, para el desarrollo de actividades permitidas en marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.

Mediante el decreto Nº 655/20, el gobernador Omar Perotti dictaminó que el tapabocas deberá usarse durante las salidas recreativas y la circulación por la vía pública. Están exceptuados los menores de 5 años.

Es por ello que este domingo funcionarios de la comuna de Pilar y de los servicios de salud compartieron información oficial que explica que el uso del tapabocas en la vía pública es obligatoria, medida que busca potenciar el cuidado de los unos para con los otros: https://bit.ly/3hCz59H

“El gobierno provincial emitió este viernes un decreto por el cual se amplía la obligatoriedad del uso de “elementos de protección de nariz, boca y mentón, a todos los desplazamientos de las personas por la vía pública, para el desarrollo de actividades permitidas en marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, aclararon autoridades comunales.

Medidas

En sus considerandos, el decreto provincial advierte que “existe consenso científico en que una de las principales características del Coronavirus COVID-19 es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aun en personas que, contagiadas del virus, son asintomáticas”.

Asimismo, recuerda que “la Organización Mundial de la Salud reconoce como principales vías de contagio las gotas que una persona exhala al hablar, toser o estornudar, o el contacto con secreciones respiratorias; circunstancia que cobra mayor significación en temporada invernal, en la que usualmente mayor cantidad de personas registran cuadros de salud que implican estornudos, tos y dispersión de fluidos”.

En ese marco, el decreto provincial consigna que “de manera coincidente con informes avalados por la Organización Mundial de la Salud que expresan que es medible la eficacia de las máscaras para evitar que las personas infectadas transmitan el virus a otras, y lo dispersen en las superficies, resulta adecuado y oportuno ampliar los alcances de la obligatoriedad del uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón, a todos los desplazamientos de las personas por la vía pública, para el desarrollo de actividades permitidas en el marco del ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio’, establecido por el PEN”.

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