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Contratistas agropecuarios sin Emergencia Hídrica

La Casa Gris rechazó una reforma de fondo sobre la Ley 11.297. La Legislatura pretendía extender beneficios fiscales a terceros contratados por productores. Mantienen límites a las exenciones impositivas.

El gobernador Miguel Lifschitz vetó parcialmente una ley -recientemente sancionada- que pretendía cambiar una de las bases de la Ley 11.297, que regula desde 1995 la declaración de emergencia o zona de desastre para la actividad agropecuaria.

La norma observada por el decreto Nº 4.175 lleva el número 13.680 y consiste en una declaración del estado de emergencia hídrica y zona de desastre, a superficies comprendidas en las distintas cuencas hidrográficas del departamento General López. Pero la declaración de emergencia contenía, además, una modificación en la normativa que sirve de marco para la asistencia del Estado al sector primario.

En los fundamentos del veto, se indica que la norma cuestionada por la Casa Gris, que fue votada el 30 de noviembre de 2017 (en la última sesión de período ordinario de sesiones), “se propone agregar como último párrafo del artículo 7 de la Ley 11.297, el alcance de quienes deben ser considerados como productores, incluyendo dentro tal definición al contratista agropecuario, quien desde el punto de vista tributario se limita a prestar un servicio a quienes ejercen la actividad agropecuaria en sí”, dice el decreto del gobernador.

“Por tal motivo -sigue el veto- no corresponde en modo alguno equiparar ambos sujetos, atento que productor agropecuario es quien desarrolla una actividad económica basada en la producción principalmente de alimentos a partir del cultivo y de la ganadería, adoptando para ello las decisiones necesarias con relación al uso de los recursos disponibles y ejerciendo el control administrativo sobre las operaciones de explotación agropecuaria. Es quien tiene la responsabilidad técnica y económica de explotación, y puede ejercer todas las funciones directamente o bien delegar las relativas a la gestión cotidiana de dicha explotación”.

En cambio, “el contratista agropecuario resulta ser un tercero a quien el productor recurre para llevar a cabo tareas específicas relacionadas a las explotaciones agropecuarias, y por tanto no puede ser destinatario de los beneficios que se contemplan en la ley -con relación a una partida inmobiliaria o a un vehículo- para quien resulta ser el real damnificado por la crisis hídrica objeto de tratamiento en la ley referida”.

Límites

Por otra parte, el veto del Ejecutivo pone límites a los beneficios otorgados por la declaración de emergencia en dicho departamento.
Y expresa sobre los “beneficios adicionales para productores y propietarios” que resulta “imperiosamente necesario circunscribir dichos beneficios conforme a los lineamientos seguidos por los Decretos de Emergencias y/o Desastres Agropecuarios, emitidos en el marco de la Ley 11.297, los cuales se limitan principalmente al Impuesto Inmobiliario y excepcionalmente al gravamen de Patente Única sobre Vehículos”.

Y que por ello se elimina el beneficio referido a “deudas de otros conceptos” tributarios provinciales, una “terminología que excede largamente los supuestos contemplados” en la ley.

Finalmente, en la parte resolutiva, la Casa Gris sostiene que “los productores declarados en estado de emergencia agropecuaria, serán favorecidos con la exención del Impuesto Inmobiliario Rural y del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos de hasta un vehículo afectado a la actividad por el período de un año, contado a partir de la promulgación de la presente”.

Y los productores declarados en zona de desastre agropecuario “gozarán de la exención del Impuesto Inmobiliario Rural y del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos de hasta un vehículo afectado a la actividad por dos años”, bajo la misma fórmula.
Las prórrogas a la situación de emergencia o desastre que se resuelvan en función del artículo 7 de la ley 11297 se “prorrogarán automáticamente y sin necesidad de trámite alguno por parte del afectado”, sostiene el decreto del gobernador que también firman el ministro de Gobierno, Pablo Farías, y su par de Economía, Gonzalo Saglione.

Fuente: El Litoral