Actualidad

Franck: autoridades comunales anunciaron la suspensión de eventos

En concordancia con las medidas adoptadas tanto a nivel provincial como nacional, la Comisión Comunal sancionó y promulgó la Ord. Nº 1897/20 la cual fue comunicada mediante conferencia de prensa con la presencia del presidente comunal Javier Enrico, el vicepresidente Damián Franzen, el Dir. del C.A.P.S. Dr. Dante Rubio y Pablo Benítez de la Comisaría IV de Franck.

Dicha normativa establece lo siguiente:

Artículo 1º: Dispónese, con carácter preventivo, la suspensión de todos los espectáculos públicos y eventos con concurrencia masiva de público, en espacios abiertos y cerrados, cuya organización estuviera a cargo de la Comuna de Franck, hasta el día 31 de marzo de 2.020.-

Artículo 2º: Dispónese la revocación, a partir del día 16 de marzo del corriente año y hasta el día 31 de marzo de 2020, de todas las habilitaciones comerciales de locales privados y/o de asociaciones civiles, que tengan por objeto la realización de funciones, representaciones o actividades sociales de gestión privada de cualquier género, y que conlleven aglomeración de personas.-

Artículo 3º: Dispónese la reducción del factor de ocupación en un cincuenta por ciento (50%) de lo autorizado, para los locales o establecimientos comerciales con afluencia de público o clientes, que no se encuentren comprendidos en el artículo precedente y cuya actividad principal comprenda la prestación de bienes o servicios considerados indispensables para cubrir las necesidades primarias de la población.-

Artìculo 4º: OBLIGACIÓN DE LA POBLACIÒN DE REPORTAR SINTOMAS. Las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19, deberán reportar de inmediato dicha situación a los efectores o centros de salud.-

Artículo 5º: Recomiéndase a la población en general abstenerse de concurrir a realizar trámites en dependencias oficiales con atención al público, en la medida en que no resulte estrictamente indispensable por razones de necesidad, o por estar corriendo plazo o términos legales para la realización de los mismos, priorizando la realización de ellos en forma online, siempre que exista la posibilidad.-

Artículo 6º: Invítase a cooperar en la implementación de las medidas excepcionales dispuestas en virtud de la presente Ordenanza, tendientes a evitar conglomerados de personas, para mitigar el impacto sanitario de la pandemia, a las entidades deportivas, científicas, sindicales, académicas, religiosas, empresariales y demás organizaciones de la sociedad civil.-

Artículo 7º: La presente Ordenanza es una norma de orden público comunal y adhiere a toda disposición provincial y/o nacional dictada posteriormente a la presente.-

Artículo 8º: Determínase que las medidas dispuestas por la presente Ordenanza podrán ser prorrogadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria.-

Los funcionarios comunales solicitaron, además, la colaboración de todos los vecinos sumándose al esfuerzo que todo el país está llevando adelante para evitar la propagación del virus, como así también, cumplir los protocolos de aislamientos aquellas personas que lleguen de otros países.